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4 pasos legales que tienes que tomar en cuenta antes de montar un negocio

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¿Cómo montar un negocio? Una guía desde la perspectiva legal

En el contexto económico actual, el deseo por emprender ha empezado a superar al de conseguir un empleo. Las personas ya no encuentran tan atractivo someterse a una relación de dependencia y a las órdenes de un superior. Por lo cual, sueñan con constituir sus propias compañías y marcas, bajo las cuáles podrían operar con mucha mayor libertad y beneficios monetarios.

A continuación, 4 pasos legales que tienes que tomar en cuenta antes de montar un negocio:

  1. CONSTITUIR UNA COMPAÑÍA

 Te recomendamos operar tu negocio a través de una compañía, con el fin de cuidar tu patrimonio personal. Esto es así, porque, la compañía se distingue por separar patrimonios; empresarial y personal. Así las cosas, en caso de deudas asumidas por la compañía, los acreedores únicamente podrán reclamar el capital invertido, esto significa responsabilidad limitada del emprendedor.

Si decides constituir una compañía, toma en consideración lo siguiente:

  • El tipo de compañía:

Antes de iniciar cualquier actividad, debes tener claro el tipo de negocio que quieres desarrollar. Para ello, debes tomar en cuenta aspectos varios, como son la responsabilidad, financiamiento, capital, finalidad, número de socios o accionistas, entre otros. Te recomendamos constituir una sociedad por acciones simplificadas (SAS), por la facilidad y rapidez de constitución, beneficios y flexibilidad de su regulación.

  • Razón social:

Esto quiere decir, escoger un nombre para la compañía. El artículo 16 de la Ley de Compañías prescribe que la razón social debe ser claramente distinguida de otras, constituye propiedad de la compañía y no puede ser adoptada por ninguna otra.

  • Estatuto social:

El estatuto social son las normas regulan a la compañía, a los accionistas o socios, y a éstos con la compañía.

  • Abrir una cuenta bancaria

Una vez constituida la compañía, se debe abrir una cuenta bancaria para depositar el capital invertido. En el caso de la SAS no existe valor mínimo de inversión. No obstante, en caso de una compañía limitada y de una compañía anónima el valor mínimo es de USD 400 y USD 800 respectivamente.

  • Obtener el RUC

Tras constituir la compañía, se deberá obtener el RUC para poder emitir facturas a los clientes. Si eres emprendedor, te recomendamos revisar el régimen RIMPE que trae varios beneficios y las exclusiones a este régimen.

  1. REGISTRO DE MARCA

El siguiente paso, es registrar la marca. El Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimiento define a la marca como cualquier signo que sea apto para distinguir productos o servicios en el mercado.

La marca puede estar representada por una palabra o combinación de ellas, imágenes, figuras, símbolos, gráficos, logotipos, monogramas, retratos, etiquetas, emblemas y escudos; sonidos, olores y sabores; letras y los números; un color delimitado por una forma o una combinación de colores; la forma de los productos, sus envases o envolturas; los relieves y texturas perceptibles por el sentido del tacto; las animaciones, gestos y secuencias de movimientos; los hologramas o cualquier combinación de los signos antes descritos.

Para registrar una marca, lo primero que se debe realizar es una búsqueda fonética, este es un proceso que permite verificar si existe en el Ecuador marcas idénticas o similares a la que pretendemos registrar y evitar confusión en el mercado. Este trámite tiene un costo de USD 16.

A continuación, debe presentarse la solicitud para registro de la marca ante la autoridad nacional competente en materia de derechos intelectuales: el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI). El trámite de solicitudes de registro inscripción o concesión de derecho de marcas tiene un costo de USD 208. La protección de la marca tiene una duración de diez años y es renovable por períodos sucesivos de diez años. El registro de la marca confiere el derecho varios beneficios.

  1. PERMISOS

En ciertos casos, se debe obtener permisos para arrancar con tu negocio. Por ejemplo, el permiso de funcionamiento o notificaciones sanitarias para comercializar o almacenar productos sujetos a control sanitario. Estos serían los permisos emitidos por la Autoridad Sanitaria Nacional.

  1. BENEFICIOS DE LA LEY ORGÁNICA DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN

La Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación está diseñada en miras de promover la cultura emprendedora. Tiene como objetivo facilitar la creación y operación de emprendimientos, estableciendo un marco normativo que incentiva la innovación y el desarrollo.

El artículo 44 de esta Ley señala un régimen especial de contratación de personal para emprendimientos. El contrato de emprendimiento es aquel contrato de trabajo celebrado entre un empleador inscrito en el Registro Nacional de Emprendimiento y un trabajador que prestará sus servicios bajo relación de dependencia para el emprendimiento. Se puede acordar:

  • Jornada parcial u ordinaria: Se puede ejecutar en un período máximo de cuarenta horas semanales, que se pueden distribuir en seis días a la semana. El trabajador tiene derecho a un descanso semanal de por lo menos 24 horas continuas y a un descanso cada cuatro horas de trabajo continuo.
  • Jornada consecutiva: Para aquellas actividades del emprendedor que lo requieran, se puede acordar una jornada de hasta 20 días consecutivos de trabajo, distribuidas en siete días a la semana, en jornadas diarias de ocho horas. El descanso forzoso será de cuarenta y ocho horas de descanso por cada cinco días de trabajo.

La remuneración no podrá ser menor al salario básico o los salarios sectoriales determinados para jornada completa ordinaria o su proporcional para jornada parcial. La duración del contrato de emprendimiento será de un año y podrá ser renovado de común acuerdo por las partes.

Si tienes interés en montar un negocio, y necesitas apoyo legal para la constitución de tu compañía, registro de marca, trámite de permisos o elaboración de contratos de trabajo, asesórate con nosotros.

 Advertencia: Este artículo de Lawem Abogados no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento puramente informativo.

Para más información comunícate al siguiente correo electrónico: info@lawemabogados.com

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