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Permisos de funcionamiento ARCSA para establecimientos

REQUISITOS PARA OBTENER EL PERMISO DE FUNCIONAMIENTO DE LA AGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA -ARCSA.

Existen ciertos establecimientos como cafeterías, restaurantes, farmacias, empresas de elaboración de suplementos alimenticios, entre otros; que están sujetos a vigilancia y control sanitario, de manera que para su correcto funcionamiento requieren de un permiso otorgado por la ARCSA. A este permiso de funcionamiento de establecimientos sujetos a control sanitario no se lo debe confundir con la notificación sanitaria.

Es en este sentido, mediante Acuerdo Ministerial N.º 4712, publicado en el R.O. No. 202 el 13 de marzo de 2014, se expidió el Reglamento de Funcionamiento para Establecimientos Sujetos a Control Sanitario, con el objetivo de categorizar, establecer requisitos y el procedimiento que les permita obtener el permiso necesario para su funcionamiento.

Dentro de este reglamento se clasifican a los establecimientos en tres categorías conforme a su riesgo: Grupo A (riesgo alto); Grupo B (Riesgo moderado) y Grupo C (riesgo bajo). Los riesgos a tomar en consideración son: riesgo epidemiológico; tipo de producto; procesos utilizados y tipo de desechos generados. 

Requisitos para obtener el permiso de funcionamiento obligatorio ARCSA para establecimientos:

Cualquier persona (natural o jurídica) que solicite por primera vez este tipo de permiso deberá ingresar su solicitud a través del formulario único en el sistema automatizado de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria -ARCSA o de las Direcciones Provinciales de Salud y deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) Registro Único de Contribuyentes (RUC);

b) Cédula de identidad, identidad y ciudadanía, carné de refugiado, o documento equivalente a éstos, del propietario o representante legal del establecimiento.

c) Documentos que acrediten la personería jurídica del establecimiento, cuando corresponda;

d) Categorización emitida por los Ministerios de Turismo o de Industrias y Productividad, cuando corresponda.

e) Comprobante de pago por derecho de Permiso de Funcionamiento; y,

f) Otros requisitos establecidos en reglamentos específicos.

Adicional a estos requisitos, el establecimiento deberá contar al menos con un baño o batería sanitaria debidamente equipados, tal como lo dispone el artículo 11 del presente reglamento.

ARCSA verificará el cumplimiento de los requisitos y emitirá el permiso de funcionamiento debidamente legalizado y categorizado.

Sobre el permiso de funcionamiento obligatorio ARCSA:

El permiso de funcionamiento tendrá una duración de un año, contado a partir de la fecha de emisión y, puede ser renovado. El trámite de renovación se realizará anualmente de manera automática, y el usuario deberá registrar la solicitud a través del sistema informático, adjuntando la siguiente documentación:

a) Registro Único de Contribuyentes, RUC, de la persona natural o jurídica responsable del establecimiento.

b) Comprobante de pago por derecho de renovación de Permiso de Funcionamiento.

Para finalizar, el valor a pagar por este Permiso de Funcionamiento, se determinará multiplicando el coeficiente de cálculo que tenga cada establecimiento por el equivalente al 2,4 % del Salario Básico Unificado.

Para esto, ARCSA ha emitido una Tabla con la categorización de establecimientos para permisos de funcionamientos, en donde se detalla el coeficiente para cada caso:

Empresa: 30

Mediana empresa: 20

Pequeña empresa: 15

Microempresa: 0


Para mayor información sobre obtención de permisos de funcionamiento, registros sanitarios, notificaciones sanitarias, certificados de libre venta y otros certificados ARCSA, puedes visitar el siguiente link: https://registrosanitario.lawemabogados.com/


Advertencia/Disclaimer: Este artículo de Lawem Abogados no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento puramente informativo.


¿Necesitas asesoría legal para obtener el permiso de funcionamiento para tu local o establecimiento? Comunícate al siguiente correo electrónico: info@lawemabogados.com

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